Concepto y finalidad del Derecho
El Derecho es un conjunto de normas que hace posible la coexistencia social. Como norma de conducta lo encontramos en toda nuestra vida; pero, a veces se habla de Derecho en otro sentido; cuando digo que tengo derecho a expresar mi pensamiento, a practicar un culto, a vivir, no me refiero a la norma sino a la facultad que me da la norma para ejercer dicha libertad.
En la primera acepción hablamos del Derecho en general, como norma, y se llama Derecho objetivo. En la segunda acepción pensamos en el Derecho como facultad, y se lo llama Derecho subjetivo.
El Derecho es una ciencia de normas. Su contenido consiste en anunciar cual es la consecuencia que acaecerá si no se cumple con lo dispuesto por ellas (sanción).
Una norma es un precepto de conducta que prevé una sanción para el caso de no ser cumplida. Y eso, en efecto, es el Derecho. Estas son reglas dirigidas al obrar humano, que pretenden orientarlo y buscan su vigencia, es decir su cumplimiento. Pero a la vez, a diferencia de las leyes que operan en el reino de la naturaleza, el destinatario de aquella tiene el albedrío de someterse a ellas o no. Y entonces todas las normas, frente a la posibilidad de su incumplimiento, el cual no les hace perder su valor, prevén una sanción.
Es verdad que la norma vale aunque haya sido violada, pero no hay duda que requiere cierto grado de vigencia, de positividad; no puede admitirse como Derecho una norma dictada en un gabinete sin ningún apoyo en la vida social; el Derecho impuesto totalmente contra las costumbres sociales, carece de uno de los atributos de tal, no tiene vigencia.
La función del Derecho es social: tiende a hacer posible la coexistencia entre los hombres; nace en las relaciones sociales y allí lo encontramos.
Por otro lado tampoco podemos admitir que el Derecho pueda quedar separado del ideal, de la realización de su fin esencial: la justicia.
¿Cómo actúan estas normas para regular la vida social?
Lo hacen determinando los deberes y facultades de cada individuo en la sociedad, de modo tal que limitan la libertad de cada uno en función del obrar de los demás. Es la norma jurídica la que nos restringe nuestra esfera de acción, pero es también, a la vez, la que nos asegura el libre desenvolvimiento de nuestras facultades, por lo cual, en vez de aparecer como una limitación de nuestra libertad, su verdadera función es garantirla. Cuando pensamos en el Derecho, sin profundizar, lo sentimos como una serie de mandatos que restringen nuestra actividad: no podemos matar, no podemos robar, no podemos usar la propiedad ajena, etc. Pero cuando meditamos un poco más, vemos que el Derecho es el sistema que nos permite andar libremente por la calle sin que nadie nos moleste, disfrutar del producto de nuestro trabajo, expresar el pensamiento y transmitirlo a los demás, profesar públicamente el culto de la religión a la que pertenecemos. Es el sistema regulador de la conducta exterior de los hombres, que asegura el libre desenvolvimiento de de cada uno. Es decir que en vez de limitar la libertad, la asegura. Esta función del Derecho la han definido algunos como la de limitar la esfera de lo ilícito y lo obligatorio.
Por último, para terminar de construir nuestra definición, nos resta señalar que en el concepto va implícita la idea de que las normas jurídicas se dictan con la amenaza de que si se violan se impondrán por la fuerza, que es un elemento esencial al Derecho.
“Derecho es el conjunto de normas de conducta, inspiradas en el ideal de justicia e impuestas coercitivamente, que al determinar las facultades y obligaciones de cada uno hacen posible la coexistencia social.”
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